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Monotributo AFIP 2023: las nuevas categorías actualizadas ya son oficiales, ¿cuánto sube el tope y cuánto hay que pagar?

El Gobierno publicó el decreto con las nuevas escalas del monotributo para realizar la recategorización del próximo julio: ¿Cómo quedan los nuevos topes de las categorías?

Redactor Ingeniero White de Redactor Ingeniero White
16/06/2023
en Nacionales
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Monotributo: oficializan aumento en las cuotas desde enero
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El Gobierno publicó este viernes el decreto que oficializa la actualización de las escalas del Monotributo AFIP a partir del próximo 1° de julio con la corrección de los topes de las categorías en un 41,52%.

La medida fue anunciada hace unos días por el Ministerio de Economía, pero hoy, a través del Decreto 315/2023, quedaron formalizadas las nuevas tablas para la recategorización.

La norma, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, el ministro de Economía Sergio Massa, y el jefe de Gabinete Agustín Rossi, modifica el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes

Pero, a diferencia de lo ocurrido enero pasado, actualiza únicamente los topes de cada categoría a días de que se ponga en marcha la recategorización del monotributo de mitad de año. No se modifican las cuotas a pagar por cada grupo, en este caso.

Monotributo AFIP 2023: todas las escalas a partir de julio

El primer artículo del Decreto 315/2023 dispone, a partir del 1° de julio, los siguientes “parámetros de ingresos brutos anuales” para las categorías del monotributo:

Categoría Ingresos Brutos anuales desde el 1/7/2023
A $ 1.414.762,58
B $ 2.103.025,45
C $ 2.944.235,60
D $ 3.656.604,33
E $ 4.305.799,15
F $ 5.382.248,94
G $ 6.458.698,71
H $ 7.996.484,12
I $ 8.949.911,06
J $ 10.257.028,68
K $ 11.379.612,01

Así, a partir del mes entrante estos son los parámetros que se deberán considerar frente a una posible recategorización dentro del Régimen Simplificado, trámite que se realiza en julio.

Monotributo AFIP 2023: el ajuste que implica para los pequeños contribuyentes

Cabe resaltar que esta actualización se enmarca en la posibilidad que tiene el Poder Ejecutivo de adelantar la actualización de las escalas de forma semestral, y no anual, para intentar mantener los topes en línea con el aumento de precios que ya roza el 115% interanual.

Sin embargo, dado que los ajustes se realizan en base al índice de movilidad jubilatoria, el 41,52% de aumento de los topes para cada categoría en realidad queda por detrás de la inflación que se calcula para el primer semestre del 2023, la cual rondaría el 54%.

Pese a que se trata de una actualización necesaria para mantener al día las escalas, los monotributistas igualmente estarían perdiendo “más del 10% en el ajuste“, explica el tributarista de SDC Asesores, Sebastián Domínguez.

Además, tal y como remarca el especialista, “no se actualiza el precio máximo unitario de venta de cosas muebles (continúa en $ 85.627,66) como así tampoco los montos de alquileres anuales devengados (van de $ 230.178,48 a $ 920.713,84 según las categorías)”.

Por ende, “muchos monotributistas pueden quedar excluidos por la falta de actualización de estos parámetros”, los cuales el Ejecutivo no puede regular por decreto.

Monotributo AFIP 2023: ¿Cuánto tengo que pagar por categoría?

Dado que esta actualización únicamente modifica los topes de las categorías del monotributo, las cuotas a pagar mes a mes por cada una de estas se mantienen en base a los parámetros actualizados a enero del 2023. Estos son:

Categoría A

  • Impuesto integrado: $ 496,85
  • Aporte previsional: $ 2192,15
  • Obra social: $ 3061,75.
  • Total: $ 5750,75.

Categoría B

  • Impuesto integrado: $ 957,27
  • Aporte previsional: $ 2411,36
  • Obra social: $ 3061,75.
  • Total: $ 6430,38.

Cabe resaltar que los contribuyentes de las primeras dos categorías suelen tener una amplia serie de exenciones. En este caso, estarán exentos del pago del impuesto integrado -$ 496 o $ 957 por mes- los monotributistas de las categorías A y B que no obtengan ingresos por:

  • Trabajo en relación de dependencia, cargos públicos, jubilaciones, pensiones o retiros.
  • Dirección, administración o conducción de sociedades.
  • Locación de bienes muebles o inmuebles.
  • Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de sociedades.

En contraste, no pagarán los aportes previsionales y por obra social los contribuyentes de las dos categorías más bajas que:

  • Se encuentran obligados por otros regímenes previsionales (por ejemplo, en relación de dependencia)
  • Los menores de 18 años.
  • Los contribuyentes que adhirieron al monotributo por locación de bienes muebles y/o inmuebles.
  • Las sucesiones indivisas continuadoras de los sujetos adheridos al régimen que opten por la permanencia en el mismo.
  • Quienes se jubilaron por leyes anteriores al 07/1994 (Nº 18.037 y Nº 18.038), es decir jubilados hasta el 06/199

Categoría C

  • Impuesto integrado para servicios: $ 1636,83
  • Impuesto integrado para comercio: $ 1512,56
  • Aporte previsional: $ 2652,52
  • Obra social: $ 3061,75.
  • Total servicios: $ 7351,10
  • Total comercios: $ 7226,83

Categoría D

  • Impuesto integrado para servicios: $ 2689,05
  • Impuesto integrado para comercio: $ 2484,46
  • Aporte previsional: $ 2917,75
  • Obra social: $ 3638,26
  • Total servicios: $ 9245,06
  • Total comercios: $ 9040,47

Categoría E

  • Impuesto integrado para servicios: $ 5115,04
  • Impuesto integrado para comercio: $ 3967,80
  • Aporte previsional: $ 3209,55
  • Obra social: $ 4452,02
  • Total servicios: $ 12.776,61
  • Total comercios: $ 11.629,37

Categoría F

  • Impuesto integrado para servicios: $ 7036,89
  • Impuesto integrado para comercio: $ 5180,81
  • Aporte previsional: $ 3530,49
  • Obra social: $ 5145,02
  • Total servicios: $ 15.712,40
  • Total comercios: $ 13.856,32

Categoría G

  • Impuesto integrado para servicios: $ 8951,39
  • Impuesto integrado para comercio: $ 6459,54
  • Aporte previsional: $ 3883,53
  • Obra social: $ 5512,52
  • Total servicios: $ 18.347,44
  • Total comercios: $ 15.855,59

Categoría H

  • Impuesto integrado para servicios: $ 20.460,26
  • Impuesto integrado para comercio: $ 15.856,76
  • Aporte previsional: $ 4271,88
  • Obra social: $ 6615,02
  • Total servicios: $ 31.347,16
  • Total comercios: $ 26.743,66

Categoría I (solo comercio)

  • Impuesto integrado: $ 25.575,36
  • Aporte previsional: $ 4699,08
  • Obra social: $ 8190,03
  • Total: $ 38.464,47

Categoría J (solo comercio)

  • Impuesto integrado: $ 30.054,72
  • Aporte previsional: $ 5169,03
  • Obra social: $ 9166,53
  • Total: $ 44.390,28

Categoría K (solo comercio)

  • Impuesto integrado: $ 34.526,76
  • Aporte previsional: $ 5685,87
  • Obra social: $ 10.505,29
  • Total: $ 50.717,92

Fuente: El Cronista

Etiquetas: categorias monôtríbutomonotributorecategorizacion
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