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Inicio Salud

La Anmat prohibió un quitaesmalte, un aceite de girasol, una yerba y otros productos

Ingeniero White de Ingeniero White
28/01/2020
en Salud
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En la disposición 376/2020, la entidad prohibió el uso, la comercialización y distribución del quitaesmalte rotulado como «ANNA REMOVER EXPRESS NAIL POLISH», ya que carecía de codificación de lote y vencimiento.

Según indicaron, la medida se llevó adelante a fin de proteger a eventuales usuarios del producto cosmético, debido a que no se declaran datos veraces en su rotulado, se desconoce su origen y por tanto no se puede garantizar que haya sido elaborado con ingredientes permitidos y bajo las concentraciones establecidas por la normativa vigente al respecto. Por estos motivos, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud sugirió sacarlo del mercado.

Además, a raíz de un informe del Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria, la administración prohibió en su disposición 377/2020 la comercialización de «Aceite de Girasol, marca Marolio, elaborado y fabricado por Vicentin SA.», por carecer de registros y estar falsamente rotulado, dado que utiliza información de un alimento genuino, pero este resulta ser en consecuencia un producto ilegal.

La Anmat prohibió también, en la disposición 375/2020, la comercialización en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: «Baño de repostería fantasía blanco», RNPA Nº 02-516955, marca: Emeth, RNE Nº 02-032601, Lote Nº 190730, vencimiento 02/2021 por encontrar en infracción al artículo 155 tris y 155 del Código Alimentario Argentino, al presentar un contenido de ácidos grasos trans mayor al 5%. «Siendo en consecuencia ilegal», indicaron.

Asimismo, la Aduana de Córdoba realizó una serie de allanamientos donde secuestró varios productos para la salud. La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DVPS) verificó algunos medicamentos y luego la Anmat prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los lotes y presentaciones de los productos mencionados en el Art.1° de la disposición 234/2020. (Ir al enlace para ver en detalle)

Según indicó la administración, ninguno de los establecimientos se encontraba inscrito dentro del rubro «Medicamentos, Cosméticos y Productos Médicos». Dado que las firmas titulares son establecimientos sin habilitación sanitaria y que los medicamentos no poseían su respectivo registro ante la autoridad sanitaria y como se desconocían sus condiciones de elaboración, la administración expresó que «no puede asegurarse su calidad, seguridad y eficacia; muy por el contrario, revisten riesgo para la salud de los potenciales pacientes».

Sumado a esto, la Anmat prohibió la comercialización en todo el país de un mix de especias, aceitunas y varios aderezos a base de aceite de oliva extravirgen porque no cumplen la normativa alimentaria vigente al «carecer de autorización y estar falsamente rotulados». (Ver detalle en el artículo 1° de la disposición 378/2020).

Por último, la entidad prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de una yerba mate con palo de la marca Ríos (RNPA N° 14026057, RNE N° 14000758, Mitre 33, Entre Ríos, Argentina con el logo Oficial de Alimento Libre de gluten), según indicó en la disposición 379/2020.

«El producto se halla en infracción por carecer de registro de establecimiento y de producto, por utilizar el símbolo de Alimento Libre de Gluten sin estar registrado como tal y por estar falsamente rotulado», informó la Anmat, que añadió que tomó esta medida para proteger la salud de la población.

Fuente: La Nación

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