Consumos con tarjeta: la AFIP actualizó los montos mínimos para gastar sin controles

La última actualización de la normativa se había realizado el año pasado.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deberán informar los movimientos de las cuentas bancarias y tarjetas de débito.

De esta manera, las entidades financieras deberán reportar los consumos con débito a partir de los $120.000. La última actualización de la normativa se había realizado el año pasado y era de $30.000A su vez, la Resolución General llevó de $90.000 a $200.000 la cifra mínima para informar las acreditaciones mensuales, extracciones mensuales, saldos de las cuentasy los depósitos a plazo fijo.

Nueva normativa en los movimientos de cuentas bancarias y tarjetas

A partir de la última modificación, las entidades financieras comprendidas deberán informar:

  • Las altas, bajas y modificaciones que se produzcan dentro de cada mes, respecto de la nómina de las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales, así como cualquier otro tipo de cuenta que dicha autoridad establezca en el futuro, constituidas en sus casas matrices, filiales y sucursales, ubicadas en el país.
  • El monto total acumulado de las acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y depósitos a plazo mensuales efectuadas en las cuentas indicadas, en moneda argentina o extranjera, cuando el mismo resulte igual o superior a $200.000.
  • Los consumos con tarjetas de débito del titular y/o adicionales en el país, cuando los montos acumulados sean iguales o superiores a $120.000.
  • Los consumos con tarjetas de débito en el exterior, realizados por el titular y/o adicionales.
  • Las cobranzas de cheques por honorarios profesionales emitidos por juzgados u organismos del Poder Judicial, ya sea que se cobren mediante la acreditación en cuenta, transferencia bancaria o en efectivo por ventanilla

Fuente: Ambito

 

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