El Gobierno oficializó una nueva postergación parcial en la actualización de los impuestos que gravan a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, decisión que incide directamente en los valores de nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil. La medida quedó plasmada en el Decreto 840/2025, publicado en el Boletín Oficial, y modifica otra vez el cronograma de incrementos contemplado en la normativa vigente.
La legislación establece que estos tributos -regulados por la Ley N° 23.966- deben ajustarse cada trimestre según la variación del IPC que informa el INDEC. Las actualizaciones, administradas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), se aplican en enero, abril, julio y octubre, y los nuevos montos comienzan a regir desde el primer día del segundo mes posterior a la corrección.
El Gobierno volvió a postergar la suba del impuesto a los combustibles
Sin embargo, desde 2018 el Poder Ejecutivo ha diferido de forma recurrente la entrada en vigencia de estos aumentos mediante distintos decretos, con el fin de evitar saltos bruscos en los precios y amortiguar el impacto sobre la actividad económica. El Decreto 617/2025 ya había aplazado parcialmente los ajustes correspondientes a 2024 y a los dos primeros trimestres de 2025, fijando como fecha de aplicación el 1° de diciembre de 2025.
Con la nueva resolución, el Gobierno volvió a reorganizar el esquema de incrementos pendientes. En primer lugar, determinó cómo se aplicarán los aumentos derivados de las actualizaciones de los tres primeros trimestres de 2024 para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, de acuerdo con el detalle incluido en el decreto. Además, incorporó un inciso específico con los valores exactos que deberán regir entre el 1 y el 31 de diciembre de 2025.
Durante ese período, los impuestos sobre la nafta sin plomo y la nafta virgen se incrementarán en $16,377, mientras que en el caso del gasoil el ajuste será de $13,546. Este último también tendrá un aumento adicional de $7,335 y otro de $1,544 por el gravamen al dióxido de carbono. En tanto, para las naftas, el tributo por CO se elevará en $1,003. Todos estos importes se corresponden con los montos fijos actualizados de la Ley N° 23.966.
El decreto también estipula que el total de las actualizaciones pendientes de 2024 y de los primeros tres trimestres de 2025 se aplicará de manera completa a partir del 1° de enero de 2026, lo que implica una nueva dilación en la transferencia total de los ajustes impositivos al precio final de los combustibles, una práctica que se ha mantenido en los últimos años.
Desde el Ejecutivo explicaron que la decisión responde al objetivo de “continuar estimulando el crecimiento económico mediante un sendero fiscal sostenible”, y que por ello resulta conveniente diferir parte de los aumentos remanentes para atenuar el efecto sobre precios y consumo. La estrategia oficial apunta a administrar el impacto de la inflación y de los ajustes tributarios en un contexto de desaceleración de la actividad.
Finalmente, la norma recuerda que la actualización de estos impuestos se realiza sobre la base de la variación acumulada del IPC desde enero de 2018 y que los nuevos valores deben aplicarse para los hechos imponibles que se generen a partir del primer día del segundo mes posterior a cada actualización trimestral.
Fuente: Ambito





