La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) exigió el retiro inmediato de dos populares aceites de oliva de todos los supermercados y plataformas de venta en línea por representar un potencial peligro para la salud de los consumidores.
A través de las disposiciones 6677/2025 y 6678/2025 publicadas en el Boletín Oficial, el Gobierno informó que se trata de envases sin el rotulado correspondiente, lo que implica una falta grave al código alimentario y, por eso, se vuelve un producto ilegal.
¿Cuáles son los aceites de oliva que prohibió ANMAT?
Tras una investigación que determinó las irregularidades en el rotulado, el organismo de control ordenó el retiro de los siguientes productos:
Categoría | Aceite Arauco – Artesanal de La Rioja | Aceite Campos de Arauco – Oliva |
Tipo | Virgen Extra | Extra Virgen |
Marca | Arauco | Campos de Arauco |
Origen | La Rioja | No especificado |
Proceso | Prensado en frío | No especificado |
Variedad | Clásico | No especificado |
Contenido Neto | 500 ml | No especificado |
Fecha de Envasado | Septiembre 2024 | No especificado |
Consumo preferente | 24 meses desde apertura | No especificado |
RNPA | 19012011 | 03004315-8 |
RNE | 09052008 | 03000166 |
El ente sanitario prohibió estos productos en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
La ANMAT reveló que los aceites de oliva carecen de registros de establecimiento y de producto. Por eso, el producto no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.
Además, los envases investigados estaban falsamente rotulados al exhibir en su etiqueta un Registro Nacional de Establecimieto (RNE) y un Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) perteneciente a otro insumo.
¿Qué decisión tomó ANMAT sobre el aceite de oliva ilegal?
La ANMAT resolvió prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto falsamente rotulado «en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento».
El organismo de control indicó que «no puede garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente ni su inocuidad».
Además, ordenó también ordenó suspender la comercialización en todo el territorio nacional de cualquier producto que en su rótulo indique el RNE N° 13005521 por ser un producto falsamente rotulado que utiliza un número registro inexistente.
¿Cómo es el protocolo para productos falsos?
La ANMAT detalla en el anexo de sus resoluciones las diferencias existentes entre el producto original y las unidades falsificadas para que los usuarios puedan tener la información correspondiente.
Las alteraciones no solo radican en el registro, sino también en las especificaciones técnicas que se indican en el rotulado y en parte del texto. Por eso, para comprender el insumo, se deberá verificar el etiquetado original.
«En caso de contar con aquellas con las características descriptas, los usuarios deberán contactarse con los entes de control a cargo vía mail o a través del sitio ANMAT Responde», sumaron.
El correo de contacto es pesquisa@anmat.gob.ar y en el mensaje se deberá detallar la situación completa con fotos del rótulo.
Fuente: El Cronista