El Gobierno nacional oficializó dos medidas con impacto directo en el transporte ferroviario de cargas, orientadas a sostener inversiones en el sistema y asegurar la continuidad operativa en corredores clave. Las disposiciones fueron publicadas en el Boletín Oficial y se enmarcan en la emergencia pública ferroviaria vigente.
Por un lado, el Decreto 312/2026 establece la exención de derechos de importación y tasas aduaneras para determinadas mercaderías destinadas al sistema ferroviario. En paralelo, la Resolución 549/2026 define la continuidad operativa del corredor Rosario–Bahía Blanca y el inicio de un nuevo esquema contractual.
El Decreto 312/2026 dispone que empresas del sistema ferroviario queden eximidas del pago de tributos para la importación de bienes destinados a proyectos de inversión vinculados al fortalecimiento del servicio.
La medida alcanza a Belgrano Cargas y Logística, Operadora Ferroviaria y Administración de Infraestructuras Ferroviarias, e incluye mercaderías adquiridas hasta el 31 de diciembre de 2025 que no pudieron ser nacionalizadas dentro del plazo previsto.
Según el texto oficial, las importaciones comprenden material rodante, repuestos, sistemas de señalamiento, equipos eléctricos y componentes tecnológicos, entre otros insumos necesarios para el funcionamiento ferroviario. Estas adquisiciones están vinculadas a proyectos de inversión destinados a mejorar la capacidad operativa y la eficiencia logística del sistema.
El decreto también señala que la incorporación de este equipamiento es considerada prioritaria para fortalecer el transporte ferroviario de cargas, en el marco de un proceso de recuperación del sistema.
Asimismo, se establece que el beneficio fiscal queda condicionado a que los bienes sean destinados exclusivamente a los proyectos declarados.
En paralelo, la Resolución 549/2026 del Ministerio de Economía define la extensión del contrato de concesión del corredor Rosario–Bahía Blanca hasta el 30 de abril de 2027, o hasta que se implemente un nuevo esquema contractual.
La continuidad del servicio se establece con carácter precario y revocable, manteniendo al actual operador a cargo de la prestación bajo las condiciones vigentes.
La norma también dispone el inicio de un proceso para diseñar un nuevo modelo de vinculación entre el Estado y el sector privado, con el objetivo de evaluar alternativas para la explotación del corredor y promover la participación de interesados en el sistema ferroviario.
Dentro de los fundamentos, se señala que este corredor posee relevancia estratégica dentro de la red ferroviaria nacional y forma parte de un sistema interconectado que debe garantizar la integración de distintas cadenas logísticas. (Infobae).





