Cambios en AFIP: aplican los primeros cambios para importadores y exportadores

Las nuevas medidas se efectivizaron mediante las Resoluciones 5586 y 5587 de la AFIP (ahora ARCA) publicadas en el BoletĆ­n Oficial. Para el Ejecutivo, estas regulaciones implicaban un ā€œsobrecostoā€ para importadores y exportadores.

El Gobierno dejó sin efecto este martes dos normas que apuntan agilizar el comercio exterior. Se trata de la derogación de la resolución 701/99 y 799/2000 de AFIP, que estipulaba que los organismos representantes de cada sector debĆ­an tener un ā€œveedorā€ en Aduana. TambiĆ©n eliminó los valores de referencia para la exportación.

Lo hizo mediante las Resoluciones 5586 y 5587 de la AFIP (ahora ARCA) publicadas en el BoletĆ­n Oficial. Para el Ejecutivo, estas regulaciones implicaban un ā€œsobrecostoā€ para importadores y exportadores.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, seƱaló que estas decisiones generan ā€œmĆ”s rentabilidad al sector privado, mĆ”s transparencia y menos corrupción en el sector pĆŗblicoā€.

Estos cambios se suman a la eliminación de las estampillas ā€œverdesā€ en los productos importados y los llamados valores criterio, un instrumento que tenĆ­a la Aduana para identificar posibles maniobras abusivas en el comercio exterior, como la subfacturación o sobrefacturación en las importaciones.

Modificaciones en los canales de exportación e importación

La Resolución General 5587/24 no solo elimina los valores de referencia, sino también el Canal Rojo Valor, un mecanismo que imponía controles adicionales en las exportaciones con precios por debajo del valor referencial. De acuerdo con el texto de la resolución, las destinaciones definitivas de exportación seguirÔn cursando por los canales de selectividad habituales, aunque podrÔn ser sometidas a un control posterior, según lo establecido en la Resolución General AFIP 5002/21.

Esta disposición permite a la AFIP realizar controles ex post para evaluar la correcta valuación de las mercaderías exportadas, lo que, según la administración tributaria, asegura que los controles sigan vigentes de manera mÔs eficiente.

Implicancias de la eliminación de los veedores

La participación de veedores habĆ­a sido implementada en 1999 y extendida en 2000, como parte de una serie de medidas destinadas a proteger a las industrias nacionales frente a la importación. SegĆŗn explicó Sturzenegger en su tuit, ā€œsi querĆ­as importar calzado un veedor de la industria del calzado tenĆ­a que emitir su opinión; si querĆ­as importar caƱos para el sector petrolero, un representante de la siderurgia nacional tenĆ­a que dictaminarā€. Este proceso, criticado por su lentitud y por los sobrecostos que generaba, serĆ” completamente desmantelado a partir de la nueva resolución.

De acuerdo con la Resolución General 5586/24, la eliminación de este sistema responde a la necesidad de agilizar los procesos aduaneros y reducir los costos asociados a la importación. La norma también deja sin efecto los usuarios otorgados a las entidades sectoriales para acceder al Sistema InformÔtico MALVINA (SIM), utilizado para monitorear los avisos de carga y verificar las importaciones.

Según el texto de la resolución, la participación de las cÔmaras sectoriales resultaba en dilaciones innecesarias en el trÔmite de las mercaderías. Las entidades industriales tenían que coordinar con la aduana su presencia como observadoras en los actos de verificación física de los bienes importados, lo que, en la prÔctica, generaba retrasos en la liberación de los productos. En muchos casos, la presencia de estas entidades no se concretaba, pero los tiempos de espera seguían afectando la fluidez del comercio exterior.

Fuente: Ambito

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