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Se reglamentó la Ley de Talles: habrá un sistema único normalizado para la indumentaria

La Ley 27.521 rige para quienes comercializan vestimenta nacional o importada, de manera presencial o por medios electrónicos. La norma fue sancionada hace más de un año y medio en la Cámara de Diputados.

Ingeniero White de Ingeniero White
10/06/2021
en Nacionales
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El gobierno nacional reglamentó la Ley de Talles, que establece un sistema único normalizado de identificación de talles de indumentaria en todo el país a través de un decreto publicado este miércoles en Boletín Oficial

El Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (Suniti), la Ley 27.521, rige para quienes comercializan vestimenta nacional o importada, de manera presencial o por medios electrónicos.

A más de un año y medio de su sanción en la Cámara de Diputados, en el Sistema se encontrarán incluidos además el calzado y los uniformes de trabajo, de acuerdo al decreto 375/2021 conocido este miércoles.

La normativa aclara que dicho sistema deberá ser implementado para la totalidad de la indumentaria, “salvo aquellas prendas expresamente excluidas”.

En efecto, se excluyó la indumentaria denominada de alta costura o de diseño de autor; las prendas confeccionadas a medida y, en general, aquellas que se hayan realizado de manera personalizada a pedido de consumidoras y consumidores; los accesorios de vestir (corbatas, bufandas, pañuelos, medias, guantes y sombreros, entre otros) y los implementos destinados a la protección personal en tareas laborales.

El objetivo es generar «el acceso a información unívoca en materia de talles de indumentaria», resaltó el decreto.

El Poder Ejecutivo determinó además que «será considerado acto discriminatorio cualquier práctica abusiva, vejatoria o estigmatizante referida al aspecto físico, género, orientación sexual, identidad de género u otra característica de las consumidoras y los consumidores». (Télam).

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