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Inicio Música

SADAIC dio marcha atrás con la decisión inicial de cobrar por la difusión de conciertos en línea

La resolución de SADAIC generó un gran revuelo y el organismo difundió un comunicado de prensa en el que aclaró que no se debe pagar derechos de autor por subir obras musicales a la web vía redes sociales para difusión o promoción.

Ingeniero White de Ingeniero White
21/05/2020
en Música
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La Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) decidió dar marcha atrás con su decisión de cobrar por la difusión de conciertos en línea, en medio de presiones del ambiente artístico para que deje sin efecto la medida tomada en plena cuarentena por el coronavirus.

La resolución de SADAIC generó revuelo inicialmente y este lunes el organismo difundió un comunicado de prensa y «para que no haya dudas en el uso de música en la web», aclaró: «Usted No debe pagar derechos de autor por subir obras musicales a la web vía Youtube, Facebook o Instagram para difusión, promoción y ejecución pública como autor, compositor o intérprete».

A su vez, explicó que «Sí deben pagar derechos de autor, aquellos que soliciten un pago a quienes deseen ver el evento musical, o quienes tengan como auspiciantes marcas comerciales o similares como forma de publicidad y/o promoción entre otros conceptos, sean los programas en vivo o pregrabados».

SADAIC se expresó en estos términos en medio del revuelo que causó su decisión de cobrar un arancel por conciertos en línea, en medio de la pandemia de Covid-19.

En este sentido, el organismo planteó que «es consciente que las restricciones a la actividad también afectan a los intérpretes musicales, muchos de ellos a su vez autores y compositores», a causa de la emergencia sanitaria en el país. (NA).

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