Las medidas se establecieron en la Ordenanza N° 22.024, artículos 3 y 4, y comprenden sólo a vehículos municipalizados.
Además, en ambos casos, aquellos contribuyentes que puedan acreditar de modo fehaciente los daños causados por la inundación del pasado 7 de marzo podrán solicitar la exención por el resto del año fiscal respecto al referido tributo.
Para realizar el trámite se debe ingresar a la plataforma eximiciontasas.bahia.gob.ar, completar un formulario y adjuntar documentación (fotografías o documentación reparatoria).