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El Gobierno nacional desregula el transporte automotor de media y larga distancia

La nueva norma se publicarƔ maƱana en el Boletƭn Oficial.

Ingeniero White de Ingeniero White
07/10/2024
en Nacionales
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El Gobierno Nacional publicarƔ maƱana en el Boletƭn Oficial el decreto por el cual se desregulan los servicios del Transporte Automotor de Pasajeros de media y larga distancia, informaron fuentes oficiales.

La medida generarÔ beneficios para todos los actores del sector, como la creación de un nuevo Registro Nacional del Transporte de pasajeros, el libre establecimiento de recorridos, horarios, precios y duración de los servicios por parte de los transportistas.

Impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, la nueva norma reemplaza a la actual, que tiene mÔs de 30 años de antigüedad.

El objetivo de la desregulación es lograr la liberalización y modernización del transporte automotor de pasajeros y su adaptación a la dinÔmica de transporte actual.

En esta línea, se crea el Registro Nacional del Transporte de pasajeros, de acceso público, sin costo y online, para una mayor comodidad del transportista, el ahorro de tiempo en la gestión de trÔmites burocrÔticos y una mayor transparencia.

Las empresas y transportistas que ya estaban registradas no tendrĆ”n que hacerlo nuevamente. SĆ­ deberĆ”n registrarse las nuevas que, una vez inscriptas, obtendrĆ”n de manera automĆ”tica la habilitación para operar luego de 5 dĆ­as post inscripción, aplicando de esta forma la nueva metodologĆ­a de ā€œSilencio Positivoā€ ya implementada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.

De este modo, llegado el momento de vencimiento del plazo administrativo de un trƔmite se concede y autoriza para agilizar el procedimiento y no perjudicar al usuario.

En todos los trƔmites se mantienen las exigencias en materia de seguridad ya establecidas en la normativa vigente.

A partir de esta norma se podrÔn establecer libremente los recorridos, vehículos, horarios, precios, duración de los servicios, e incluso los puntos de ascenso y descenso de pasajeros que estén autorizados por la jurisdicción local respectiva, lo que generarÔ una mayor oferta de servicios y competencia de precios que beneficiarÔ tanto al usuario como a las empresas y transportistas.

A su vez, tendrÔn que informar la capacidad de transporte, detallando cantidad y tipo de vehículo, cantidad de asientos, seguros contratados, la nómina de conductores a asignar y la información relativa a las licencias de conducir de los mismos, la periodicidad de los servicios declarados, el origen, las paradas intermedias y el destino del viaje.

En este punto, no se podrÔn ofrecer al público servicios que no se encuentren informados en el Registro Nacional del Transporte de pasajeros.

La autoridad de aplicación de esta medida serÔ la Secretaría de Transporte de la Nación del Ministerio de Economía y comenzarÔ a implementarse en 60 días, cuando se realicen las actualizaciones tecnológicas necesarias.

De esta manera, el Gobierno Nacional elimina trabas innecesarias, garantiza una mayor liberalización en las condiciones de prestación del servicio y agiliza los tiempos administrativos, con el fin de permitir la incorporación de nuevos actores al sector. Este cambio les permitirÔ a los usuarios gozar, con mÔs competencia, de una mayor oferta en el transporte terrestre.

Fuente: NA

Etiquetas: transporte
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