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Inicio Economía

Los salarios de hasta $880 mil no pagarán el impuesto a las Ganancias

De todas maneras existen excepciones. Conocé si te afectan.

Redactor Prensa de Redactor Prensa
07/06/2023
en Economía

Los asalariados cuya remuneración promedio durante el primer semestre del año no supere los $ 880.000 en bruto no pagarán el impuesto a las Ganancias.

Así lo comunicó el Ministerio de Economía que precisó que la medida favorece a medio millón de trabajadores de todo el país.

De esta forma, quienes no superen los $ 880.000 mensuales y tengan un aguinaldo de hasta $ 440.000 en bruto se verán beneficiados por la medida.

No obstante, el tributarista Sebastián Domínguez explicó que si por algún motivo el trabajador supera los $ 880.000 en bruto de ingreso promedio mensual en el semestre todo su aguinaldo quedará gravado. Esto implica que si cobra, por ejemplo, $ 881.000 pagará ganancias incluso por los $ 440.000.

“Se trata de un beneficio extraordinario por única vez para los trabajadores que pagan el impuesto a las Ganancias, con el objetivo de que recompongan el poder adquisitivo y proyectando que esta mejora del salario de bolsillo se traduce en mayor consumo y actividad económica”, señaló el Ministerio de Economía en un comunicado de prensa.

Añadió que “la medida beneficia a 513 mil trabajadores y trabajadoras de todo el país que se encuentran sujetos a retenciones del impuesto a las Ganancias y registran salarios brutos mensuales de entre $ 506.230 y $ 880.000. En este sentido, más del 50% de los trabajadores que hoy pagan el impuesto a las Ganancias están alcanzados por el beneficio”.

En la división por sectores el alivio definido alcanzará a 92.640 trabajadores y trabajadoras de la industria manufacturera; 72.598 de la enseñanza; 56.059 de intermediación financiera y servicios de seguro; 43.570 de servicios de transporte y almacenamiento; 41.633 de información y comunicaciones; 33.682 de salud humana y servicios sociales; 29.110 de comercio al por mayor y por menor y reparación de vehículos automotores, y 28.501 de exploración de minas y canteras; 19.669 de la construcción.

También a 18.161 de servicios de asociaciones y servicios personales; 16.923 de suministros de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado; 14.582 de policía y fuerzas de seguridad; 13.770 de servicios profesionales, científicos y técnicos; 12.552 de actividades administrativas y servicios de apoyo; 8.376 de suministros de agua, cloacas, gestión de residuos y recuperación de materiales; 4.515 de agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca; 3.092 de servicios artísticos, culturales, deportivos y de esparcimiento; 2.236 de servicios de alojamiento y de comida; 1.013 de servicios inmobiliarios, y 318 de servicios de organizaciones y órganos extraterritoriales.

Según cálculos oficiales, “la medida implica una mejora de bolsillo promedio por empleado que supera los $ 110 mil ($ 112.600), y un incremento sobre el sueldo mensual promedio de bolsillo del 26%”.

Economía aclaró que “en el caso del aguinaldo, la retención del impuesto se va calculando mes a mes. Por esto, la medida propone devolver lo retenido para estos salarios en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales devengadas en los meses de junio y julio”.

“Para ello, los empleadores deberán exponer la devolución en un renglón separado del recibo de sueldo, identificando claramente el beneficio de la medida”, concluyó. (NA).

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