La AFIP volvió a prorrogar, esta vez hasta el 30 de noviembre, el plazo para que las micro, pequeñas y empresas exportadoras puedan posponer el pago de los Derechos de Exportación.
El beneficio, que alcanza a unas 25 mil empresas de todo el país, permite a aquellas compañías que tengan deudas impositivas o previsionales, hacer uso del plazo de postergación para la cancelación de esas obligaciones.
La AFIP recordó que otra Resolución General, la Nº 4.728 -del 20 de junio último- establecía un plazo de 60 días corridos, para que aquellos exportadores inscriptos en el Registro de Empresas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) que presenten incumplimientos de sus obligaciones impositivas y/o de la seguridad social, puedan utilizar la garantía “Declaración jurada del exportador”.
Esa decisión fue prorrogada tres veces más, ahora hasta el 30 de noviembre, en virtud del “contexto actual y el marco normativo”, justificó el ente recaudador. (NA).