miércoles 9 de septiembre de 2026
IngenieroWhite.com
Icono del tiempo 11°C

Nublado

Ver pronóstico extendido
  • Inicio
  • Locales
  • Puerto
  • Industria
  • Cultura
  • Secciones
    • Nacionales
    • Internacionales
    • Deportes
    • Institucionales
    • Instituciones
  • Alertas
  • Contacto
Sin resultados
Ver todos los resultados
IngenieroWhite.com
  • Inicio
  • Locales
  • Puerto
  • Industria
  • Cultura
  • Secciones
    • Nacionales
    • Internacionales
    • Deportes
    • Institucionales
    • Instituciones
  • Alertas
  • Contacto
Sin resultados
Ver todos los resultados
IngenieroWhite.com
Sin resultados
Ver todos los resultados
Inicio Economía

Jubilaciones: la Justicia declaró inconstitucional último aumento y ordenó recalcular haberes

La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró inconstitucional el artículo 2 de la ley de Reforma Previsional. De esta manera, le ordenó al Gobierno restituir un 9% sobre los haberes de jubilados y pensionados y aplicar así la fórmula de movilidad anterior.

Ingeniero White de Ingeniero White
06/06/2018
en Economía
A A

Por lo pronto, el fallo responde a una demanda presentada por el abogado Miguel Fernández Pastor, quien presentó una demanda por inconstitucionalidad de la norma que podría extenderse al resto de los jubilados que están en su misma condición porque el fallo servirá de precedente.

En ese contexto, los jueces sostuvieron que el Gobierno vulneró los derechos de los jubilados al quitarles ese porcentaje, y que debía haber encontrado otra forma. Los magistrados sostuvieron que el cálculo para los haberes de marzo, denominado «cláusula de anclaje», estuvo mal hecho, por lo que el Gobierno deberá devolverle a los jubilados el 9% que les descontó.

La instancia siguiente de apelación es la Corte Suprema de Justicia, lo cual se descuenta el Gobierno hará. En la parte resolutiva, el tribunal consideró que el artículo dos de la ley es inconstitucional y «no aplicable» a los haberes devengados entre el 1 de julio y el 29 de diciembre del 2017″.

La decisión del tribunal ordena también que «dentro de los treinta días de quedar firme este pronunciamiento, reliquide, conforme a lo dispuesto por la Ley 26417, los haberes del actor correspondientes al citado período, y se pongan al pago las cantidades resultantes, previo descuento de las sumas ya abonadas por aplicación de la Ley 27.426». El fallo está firmado por el juez subrogante Rodolfo Mario Milano, y los camaristas titulares del tribunal Néstor Fasciolo y Martín Laclau.

Fuente: Ambito

Post Previo

Segunda jornada provincial de actualización para empresarios del sur bonaerense

Próximo Post

El acuerdo técnico con el FMI está cerrado y sólo falta el aval político para anunciarlo

RelatedPosts

Economía

El Gobierno fijó aumentos escalonados para el salario mínimo hasta abril de 2027

de Ingeniero White
02/09/2026
Destacados

El sistema portuario del estuario de Bahía Blanca superó los 23 millones de toneladas en siete meses

de Redactor Prensa
31/08/2026
Economía

El Gobierno oficializó aumentos para estatales y un pago extraordinario de $80.000

de Ingeniero White
31/08/2026
Economía

Es uno de los rubros que le ganó a la inflación y ya anunció el aumento para septiembre: de cuánto será

de Ingeniero White
28/08/2026
Economía

Soja y petróleo fueron los motores de las exportaciones del primer semestre

de Ingeniero White
27/08/2026
Please login to join discussion

Todos los derechos reservados © 2022 ingenierowhite.com - Desarrollado por Imotion Consulting.

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Inicio
  • Locales
  • Puerto
  • Industria
  • Cultura
  • Secciones
    • Nacionales
    • Internacionales
    • Deportes
    • Institucionales
    • Instituciones
  • Alertas
  • Contacto

Todos los derechos reservados © 2022 ingenierowhite.com - Desarrollado por Imotion Consulting.