Ya se debate en la Comisión de Intereses MarĆtimos, Portuarios y Pesca de la baja de la Legislatura bonaerense el proyecto sobre Ley de Puertos que presentó Guillermo Castello, diputado marplatense por la Coalición CĆvica.
El proyecto es una versión modificada de un borrador que manejaba el propio Marcelo Lobbosco, subsecretario de Portuarias de la Provincia. Si bien al principio se especulaba en que los dos se pondrĆan a consideración, finalmente se unificaron criterios en el de Castello, que preside la Comisión de Intereses.
La Provincia no tiene una ley de puertos y según el autor de la iniciativa se trata de un proyecto se «constituya en una herramienta Ôgil, eficiente, simple y genérica que sirva como marco para el libre y pleno progreso de la actividad portuaria provincial, a través del desarrollo de cada una de sus unidades».
El proyecto cambia el organigrama actual de la Subsecretaria de Actividades Portuarias y contempla la conformación de una Agencia Portuaria, con un director y un consejo consultivo. Clasifica a los puertos segĆŗn su titularidad y uso āpĆŗblicos o privados- y su destino ācomercial, industrial y recreativos-.
Ā«Los principios bĆ”sicos que han guiado la redacción del proyecto han sido la descentralización administrativa y operativa de los puertos, la promoción y el estĆmulo de la inversión privada, la defensa de la libre competencia, la modernización tecnológica, la bĆŗsqueda de la eficiencia y calidad en la prestación de los servicios portuarioĀ», subraya Castello.
Si bien el legislador aseguró que el proyecto es el fruto de contribuciones de todos los sectores consultados, después de presentarlo en la CÔmara de Diputados fue recibido por dirigentes de las principales cÔmaras empresarias de la pesca local, a los que les pidió conocer su visión de las necesidades portuarias del sector.
Otros actores privados tambiĆ©n remarcan que la iniciativa impulsa la creación de zonas de actividades logĆsticas vinculadas con movimiento portuario pero no le exige a la autoridad de aplicación su habilitación.
El proyecto de Castello incorpora el término «rentabilidad» en una actividad que es considerada como servicio público y ata la eficiencia o no al superÔvit financiero. Castello consideró que la rentabilidad de las unidades portuarias es un «dato esencial» para planificar su eventual financiamiento, aunque aclaró que el criterio que prima para evaluar la gestión y administración de las unidades portuarias no es su rentabilidad, sino su sustentabilidad y autofinanciamiento.
Los trabajadores portuarios tambiĆ©n observan con interĆ©s la evolución del proyecto en la legislatura. Dejaron trascender su preocupación por no estar incluidos en ningĆŗn artĆculo de la norma y pretenden mayores certezas sobre el modo en que se financiarĆ” toda la estructura portuaria provincial. (Por Roberto Garrone – REVISTA PUERTO)





