El Gobierno sigue con su plan motosierra. En ese marco, este miĆ©rcoles se oficializó a travĆ©s del BoletĆn Oficial, bajo la Resolución 115/2024, la suspensión del pago del Salario Social Complementario a 236 personas que se encuentran en el programa Potenciar Trabajo.
De acuerdo con el texto oficial, la suspensión se debe a la posible incompatibilidad con las normas del programa, ya que estas personas figuran con empleo público en los distritos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Chaco, San Juan, San Luis, Neuquén, Santiago del Estero y La Pampa.
- Salario Social Complementario: una prestación económica individual de percepción periódica y duración determinada destinada a satisfacer las necesidades bÔsicas de los beneficiarios y sus familias, asà como promover la sostenibilidad de las actividades que realizan.
- Subsidios y/o créditos ministeriales:otorgados a las Unidades de Gestión para la ejecución de planes de actividades que promuevan la implementación, desarrollo y fortalecimiento de proyectos socioproductivos, socio-laborales y socio-comunitarios en el marco del programa.
El texto oficial menciona que de esta manera el Ministerio de Capital Humano que, asumió las funciones del Ministerio de Desarrollo Social, eliminado por DNU, detectó «posibles infracciones al programa», por lo que solicitó la suspensión preventiva de personas beneficiarias por parte de la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos relativos a la Seguridad Social.
En respuesta a la solicitud, se llevó a cabo Ā«un cruce de datos y se identificaron personas en posible situación de incompatibilidadĀ». Como resultado, se decidió suspender preventivamente el pago del Salario Social Complementario a estas personas por un perĆodo de tres meses, con la posibilidad de egreso del programa si no se presentan reclamos durante este perĆodo.
Puntos clave de la norma
- Programa: Potenciar Trabajo
- Motivo de la suspensión: incompatibilidad por tener un empleo público.
- Cantidad de personas afectadas: 236
- Duración de la suspensión: 3 meses
- Posible egreso del programa: si no hay reclamo despuƩs de 3 meses
Por último, la norma oficial describe que la acción se trata de una medida administrativa que busca garantizar el correcto funcionamiento del programa Potenciar Trabajo y asegurar que «los recursos del programa se destinen a las personas que realmente lo necesitan».
Fuente: Ambito