Con la medida, se busca alentar Ā«la competitividad y la facilitación del comercio exterior, sin perder de vista, los controles y la gestión de riesgo sobre las mercaderĆasĀ».
De esta forma, el texto firmado por el titular de AFIP, Alberto Abad, establece que las declaraciones que se realicen a travĆ©s del nuevo sistema Ā«tendrĆ”n un plazo de validez de 180 dĆas corridos, contados a partir de la fecha de su aprobaciónĀ», mientras que los organismos responsables del control Ā«deberĆ”n pronunciarse en un lapso no mayor a 10 dĆasĀ». Ā«No obstante ello, los plazos podrĆ”n ampliarse en aquellos casos en que la competencia especĆfica del organismo adherente asĆ lo ameriteĀ», aclara el artĆculo quinto.
El mecanismo aplica sólo para empresas, sociedades y grandes importadores. Aún es incierto cómo y cuÔndo el gobierno nacional modificarÔ los controles de Aduana para aquellos particulares que deseen traer libros, ropa u otros objetos para consumo personal desde el exterior, según consigna Infobae.
El SIMI fue anunciado la semana pasada por el ministro de Producción, Francisco Cabrera, durante el coloquio organizado por la Unión Industrial Argentina (UIA) en Parque Norte, Ciudad de Buenos Aires.
«Vamos a ir hacia un Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones, que bÔsicamente es ir a un mecanismo simple de licencias automÔticas y no automÔticas», explicó el funcionario. FuncionarÔ como reemplazo del actual Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI) ideado por el kirchnerismo y duramente cuestionado por los empresarios por la discrecionalidad utilizada para las aprobaciones.
El nuevo sistema entrarÔ en vigencia a partir de hoy miércoles 23 de diciembre. Para utilizarlo, habrÔ que ingresar al micrositio «Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI)» que serÔ cargado en las próximas horas en la web de la AFIP (http://www.afip.gob.ar).
De todas formas, las DJAI que hayan sido tramitadas con anterioridad no serĆ”n suspendidas ni pasarĆ”n al nuevo sistema, sino que Ā«mantienen su vigenciaĀ», segĆŗn informa el artĆculo 11 de la Resolución General.
Fuente: infocampo.com.ar





